Se les recuerda en relación a la facturación
electrónica, que uno de los requisitos de los CFD es contener hora minuto y
segundo de expedición, sin embargo, este requisito no aplica tratándose de CFDI.
Por tal motivo, es criterio del despacho que este
dato quede asentado en contabilidad, en la póliza de registro de las ventas, en
el asiento correspondiente a cada factura de las empresas que cuenten con este
esquema de facturación.
Fundamentos Legales:
CFF-Articulo 29 –A fracc. III
RMF 2012 II.2.6.2.4
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