jueves, 20 de diciembre de 2012

UTILIZACIÓN DEL TIPO DE CAMBIO DEL DÍA ANTERIOR A LA OPERACIÓN


Es muy común que se utilice el tipo de cambio publicado el mismo día  de la operación, para convertir las deudas en moneda extranjera, sin embargo esto es incorrecto, ya que de acuerdo  al Código Fiscal de la Federación, el tipo de cambio que se publique en un día determinado, no será aplicable ese mismo día sino  para el día hábil siguiente.

Por lo que, si se realizó una operación en moneda extranjera el día martes, el tipo de cambio que está vigente es el del día anterior, es decir el del día lunes.

Nota: si el día anterior a la operación no fue día hábil o no se publico INPC, se toma el del día más próximo publicado, anterior a la operación.

Se anexa tabla con ejemplo del tipo de cambio que debe utilizarse al final de cada mes, y ejemplo de por qué se toma de esa manera.

Fundamentos Legales:
CFF-Artículo 7 y Artículo 20 párrafo 3

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