martes, 18 de diciembre de 2012

RETENCION DE CUOTAS IMSS CUANDO SE TRATE DE SALARIOS MINIMOS


A continuación se informa el siguiente criterio interno.

RETENCION DE CUOTAS IMSS CUANDO SE TRATE DE SALARIOS MINIMOS:

 Corresponde al patrón pagar íntegramente la cuota señalada para los trabajadores, en los casos en que éstos perciban como cuota diaria el salario mínimo.

 Por tal motivo, cundo el trabajador perciba el salario mínimo diario, no se deberá efectuar descuento  vía nómina por concepto de retención de IMSS ya que el patrón cubre estas cuotas.

Fundamento legal: Art. 36-Ley del IMSS.



Sin otro particular, quedamos a sus órdenes para cualquier duda.

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