Se informa que a partir de enero del ejercicio 2012 se efectuará la
provisión mensual de los pagos provisionales de ISR en contabilidad, esto para efectos de llevar un mejor control
de dichos pagos.
Se cargará a la cuenta de pagos ISR anticipados (Cta- 1302-002) y se
abonará en una subcuenta de la 2106, que se llamará ISR Propio mensual por
pagar ejercicio 2012.
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